*Imagen tomada de motivaeduca.bligoo.cl
El pasado 21 de enero de 2015, el gobierno español publicó en el BOE la siguiente orden:
Se trata de una orden importante, que ya se anunciaba en la LOMCE, de cuya lectura detenida destaco yo los siguientes aspectos:
a) Toma la definición de competencia del informe DeSeCo (2003), según el cual es "la capacidad de responder a demandas complejas y llevar a cabo tareas diversas de forma adecuada". Añade posteriormente que la competencia "supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones, y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamnete para lograr una acción eficaz".
b) Queda bastante clara la idea, pero por si acaso, un par de líneas más abajo no añade un matiz fundamental, definiéndolas como CONOCIMIENTO EN LA PRÁCTICA.
c) Desde el momento en que se promulgó la LOMCE ya sabíamos que las competencias dejaban de ser "básicas" para ser "claves". Un cambio de nomenclatura que, a mi modo de ver, resulta absolutamente innecesario y no aporta nada a las mismas. Supongo que algún político tendría que justificar su sueldo, y de ahí ese cambio... También sabemos que pasaban de 8 a 7, ya que la matemática incorporaba la científica, y alguna más cambiaba ligeramente su nombre. En fin, tampoco creo que esto vaya a resultar vital para los centros.
d) Los artículos 5 y 7 de esta orden me parecen fundamentales, ya que creo que son los que contienen toda la filosofía que lleva implícita esta legislación. En el primero de ellos, el 5, habla de cómo integrar las competencias clave en el currículo, y nos empieza a advertir de la importancia que se dará a los resultados del aprendizaje. Y en el artículo 7 desarrolla (aunque insuficientemente, según mi humilde opinión) lo referente a la evaluación de las competencias clave. Personalmente pienso que éste es el proceso básico que hay que tratar en los centros. Con un cambio en la evaluación, se avanzará muchísimo hacia un cambio metodológico que nos permita adaptar nuestro proceso de enseñanza a las necesidades del alumnado del siglo XXI.
e) Otro aspecto a destacar, la disposición final segunda ("ejecución y desarrollo") nos informa que "la Conferencia de Educación desarrollará estrategias para la consecución, integración y evaluación de las competencias que permitan ilustrar la elaboración de las programaciones didácticas y procedimientos de evaluación".
f) Por último, en el anexo II (en el que se dan algunas orientaciones para facilitar el desarrollo de estrategias metodológicas que permitan trabajar por competencias en el aula, aunque de un modo demasiado superficial para mi gusto), se presenta al docente como "orientador, promotor y facilitador del desarrollo competencial". Además, habla de "metodologías que contextualizan el aprendizaje y permiten el aprendizaje por proyectos, los centros de interés, el estudio de casos o el aprendizaje basado en problemas".
f) Por último, en el anexo II (en el que se dan algunas orientaciones para facilitar el desarrollo de estrategias metodológicas que permitan trabajar por competencias en el aula, aunque de un modo demasiado superficial para mi gusto), se presenta al docente como "orientador, promotor y facilitador del desarrollo competencial". Además, habla de "metodologías que contextualizan el aprendizaje y permiten el aprendizaje por proyectos, los centros de interés, el estudio de casos o el aprendizaje basado en problemas".
A grandes rasgos, estos son los aspectos que más han llamado mi atención de esta Orden. Por razones obvias, no voy a transcribir aquí todos los artículos y apartados de la misma, así que recomiendo a todos los docentes que acudan a la fuente original y la lean. Se trata de un documento no demasiado extenso (18 páginas) que se puede leer con facilidad y sin pérdida de concentración en una sola tarde. Lo que me interesa más es presentaros aquí mis reflexiones y las conclusiones que extraigo de esta lectura.
En primer lugar, destacaría que se trata de una muy buena declaración de intenciones. Todo aquello que se desprende de este documento supone una firme apuesta por un cambio serio en el modelo de escuelas que tenemos en la actualidad. Sin embargo, me genera algunas dudas, que os refiero a continuación:
1.- En primer lugar, tal y como he descrito en el apartado e), resulta que todavía no es la concreción definitiva, sino que aun tiene que desarrollarse otro documento posterior que amplíe lo que aquí simplemente se traza. El mayor problema que le encuentro a esto es que, con los plazos con los que trabaja la administración educativa, mucho me temo que el documento que nos anticipa no estará en nuestros manos hasta junio (con mucha suerte), por lo que los colegios apenas tendrán tiempo de asimilarlo, ni los docentes para trabajarlo e introducirlo en nuestras propuestas para el próximo curso.
2.- El cambio de enfoque que nos propone el documento no es "moco de pavo" (disculpas por la expresión). Personalmente ya he realizado algún tipo de experiencia a nivel individual de avance hacia este nuevo modelo de escuela, y me consta que en muchos otros centros también se cuenta con experiencias individuales. Pero creo que esta propuesta debería ir acompañada de un programa de formación del profesorado, que ayude a los profesionales de la enseñanza a diseñar, implementar y evaluar todo un currículo por competencias. Por supuesto, para ello se necesita una partida presupuestaria importante, y, tal y como están las cosas en el sector educativo, dudo mucho que se esté por la labor. Es una lástima, pero si no contamos con una formación y un acompañamiento, me parece que estamos dejando demasiada responsabilidad en los centros, más concretamente en sus direcciones, las cuales podrán impulsar el cambio, pero tienen difícil orientarlo por el camino correcto.
3.- Aparte de una formación inicial, el documento no prevé tampoco ningún tipo de seguimiento o control sobre los centros, de manera que se garantice que todos avanzan correctamente en la implementación de este nuevo modelo de aprendizaje competencial. De nuevo, esto supone dinero, porque dudo mucho que la inspección educativa pueda incorporar esta labor a las que ya tienen. Claramente, esto puede llegar a suponer un factor diferencial entre unos centros y otros, pero dudo mucho que esto se haya pensado "ex profeso" para potenciar la autonomía de los colegios y la diversidad de la oferta educativa. Si la única forma que se tiene prevista para controlar el nivel de implicación de las escuelas son las evaluaciones externas, mal vamos.
El quid de la cuestión, el punto clave para llevar adelante con éxito este modelo que se deja entrever en esta nueva orden, está sin duda en la evaluación. Más concretamente, en los estándares de aprendizaje y la evaluación de los desempeños. Por lo que yo sé, en la realidad en la que yo me muevo, es un campo que nos está generando muchas incertidumbres en los colegios porque no tenemos la preparación suficiente para dar el paso adelante e introducirlos de una manera sistemática en nuestras programaciones. Y esta ley tampoco nos sirve para arrojar algo de luz sobre este todavía oscuro y poco explorado campo. Tendremos que mantenernos alerta y estar a la expectativa acerca de qué nuevas concreciones pueda facilitarnos la administración educativa. Mientras tanto, lo único que podemos hacer es leer experiencias ya existentes, y confiar en nuestra intuición docente.
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